¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el subsidio de mayores de 52 años?
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¿Qué requisitos debo cumplir para cobrar el subsidio de mayores de 52 años?
Usted podrá acceder al subsidio para mayores de 52 años siempre que cumpla los siguientes
requisitos:
Ser mayor de 52 años en el momento de la solicitud.
Estar inscrito como demandante de empleo.
Carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional,
excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (en 2010, 474,98
euros).
Tener cotizados durante toda la Vida Laboral al menos seis años por la contingencia
de desempleo.
Reunir todos los requisitos para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación del sistema español de la Seguridad Social, salvo la edad.
Estar incluido en alguno de los siguientes supuestos:
Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo
Estar cobrando otra modalidad de subsidio en el momento en que cumple 52 años
Ser emigrante retornado
Ser liberado de prisión
Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de mi
expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez,
invalidez absoluta o total para la profesión habitual
Estar en situación legal de desempleo por haber finalizado una relación laboral de forma
involuntaria siempre que haya cotizado, al menos, 3 meses.
No tendrá acceso a este subsidio, aunque reúna el resto de requisitos, tras agotar una
prestación contributiva para trabajadores eventuales agrarios, ni mientras tenga la condición de trabajador fijo-discontinuo.
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
requisitos:
Ser mayor de 52 años en el momento de la solicitud.
Estar inscrito como demandante de empleo.
Carecer de rentas propias superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional,
excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (en 2010, 474,98
euros).
Tener cotizados durante toda la Vida Laboral al menos seis años por la contingencia
de desempleo.
Reunir todos los requisitos para acceder a cualquier pensión contributiva de jubilación del sistema español de la Seguridad Social, salvo la edad.
Estar incluido en alguno de los siguientes supuestos:
Haber agotado una prestación o subsidio por desempleo
Estar cobrando otra modalidad de subsidio en el momento en que cumple 52 años
Ser emigrante retornado
Ser liberado de prisión
Haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de mi
expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez,
invalidez absoluta o total para la profesión habitual
Estar en situación legal de desempleo por haber finalizado una relación laboral de forma
involuntaria siempre que haya cotizado, al menos, 3 meses.
No tendrá acceso a este subsidio, aunque reúna el resto de requisitos, tras agotar una
prestación contributiva para trabajadores eventuales agrarios, ni mientras tenga la condición de trabajador fijo-discontinuo.
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Patricia- Ahorro Billetes
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