Bono Social de Iberdrola para los consumidores más desprotegidos, desempleados, pensionistas y familias numerosas.
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Bono Social de Iberdrola para los consumidores más desprotegidos, desempleados, pensionistas y familias numerosas.
Bono Social para Consumidores más Desprotegidos.
El Real Decreto-Ley 6/2009, en su artículo 2, crea el bono social para los consumidores más desprotegidos, que beneficiará a personas físicas consumidoras de electricidad, en su vivienda habitual y acogidas a la tarifa de último recurso, que cumplan con una serie de características sociales, de consumo y poder adquisitivo . A estos efectos, se establecerá un umbral referenciado a un indicador de renta per cápita familiar, que requerirá la acreditación del nivel de ingresos que reglamentariamente se determine.
La Comisión Nacional de Energía supervisará la correcta aplicación del bono social y los consumidores estarán obligados a comunicar a su comercializadora de último recurso cualquier cambio que suponga la pérdida del derecho a percibir el bono social.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la refacturación del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento a la tarifa de último recurso, aplicando un recargo del 10% que tendrá lugar en la factura inmediatamente posterior a la detección del incumplimiento.
Hasta que se desarrolle lo dispuesto en el citado Real Decreto-Ley, la disposición transitoria segunda establece que desde el 1 de julio de 2009 tendrán derecho al bono social en su residencia habitual los consumidores que cumplan lo siguiente:
Potencia: que tengan una potencia contratada inferior a 3 kW.
Pensionistas: que con 60 o más años de edad, acrediten ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
Familias numerosas.
Desempleados: que formen parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros, en edad de trabajar, en situación de desempleo.
Potencia contratada inferior a 3kW
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que tenga contratada una potencia inferior a 3kW.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato a la empresa suministradora.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Pensionistas
1.REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular tenga 60 o más años de edad y que acredite ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciba las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Certificado en vigor emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración acreditando ser beneficiario del bono social.
Familias numerosas
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular forma parte de una familia numerosa, según lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Fotocopia del carné en vigor de familia numerosa expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
DESEMPLEADOS.
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular forme parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de desempleo. Se considerarán en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiar que, sin tener la condición de pensionista, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta ajena o propia.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato a la empresa suministradora.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato, haciendo figurar en la misma los componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos relativos a su condición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor expedido por el Ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del punto de suministro.
Fotocopia del libro de familia (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).
PASOS A SEGUIRSolicitar el bono social a través del siguiente formulario on line. Le remitiremos por correo ordinario los formularios de solicitud que deberá remitir junto con la documentación acreditativa.
Remitir todos los documentos indicados en el punto 2, a través de alguno de los siguientes canales:
Dirección postal, en sobre cerrado y franqueado:
IBERDROLA Comercialización de Último Recurso S.A.U.
Apartado de Correos 61.017
28080 MADRID
Dirección de correo electrónico: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Número de fax: 944 66 49 03.
Más información y formularios de solicitud: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
El Real Decreto-Ley 6/2009, en su artículo 2, crea el bono social para los consumidores más desprotegidos, que beneficiará a personas físicas consumidoras de electricidad, en su vivienda habitual y acogidas a la tarifa de último recurso, que cumplan con una serie de características sociales, de consumo y poder adquisitivo . A estos efectos, se establecerá un umbral referenciado a un indicador de renta per cápita familiar, que requerirá la acreditación del nivel de ingresos que reglamentariamente se determine.
La Comisión Nacional de Energía supervisará la correcta aplicación del bono social y los consumidores estarán obligados a comunicar a su comercializadora de último recurso cualquier cambio que suponga la pérdida del derecho a percibir el bono social.
El incumplimiento de los requisitos para la aplicación del bono social dará lugar a la refacturación del suministro desde la fecha en que se produzca el incumplimiento a la tarifa de último recurso, aplicando un recargo del 10% que tendrá lugar en la factura inmediatamente posterior a la detección del incumplimiento.
Hasta que se desarrolle lo dispuesto en el citado Real Decreto-Ley, la disposición transitoria segunda establece que desde el 1 de julio de 2009 tendrán derecho al bono social en su residencia habitual los consumidores que cumplan lo siguiente:
Potencia: que tengan una potencia contratada inferior a 3 kW.
Pensionistas: que con 60 o más años de edad, acrediten ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
Familias numerosas.
Desempleados: que formen parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros, en edad de trabajar, en situación de desempleo.
Potencia contratada inferior a 3kW
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que tenga contratada una potencia inferior a 3kW.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato a la empresa suministradora.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Pensionistas
1.REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular tenga 60 o más años de edad y que acredite ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciba las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud del bono social firmada por el titular del contrato.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Certificado en vigor emitido por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo e Inmigración acreditando ser beneficiario del bono social.
Familias numerosas
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular forma parte de una familia numerosa, según lo establecido en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor de Empadronamiento del titular del contrato que acredite que el contrato está destinado al suministro de electricidad de su vivienda habitual.
Fotocopia del carné en vigor de familia numerosa expedido por el órgano competente de la comunidad autónoma.
DESEMPLEADOS.
1. REQUISITOS IMPRESCINDIBLES
Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
Que el suministro esté acogido a la tarifa de último recurso.
Que el titular forme parte de una unidad familiar en la que todos sus miembros están en situación de desempleo. Se considerarán en situación de desempleo aquellos solicitantes y miembros de la unidad familiar que, sin tener la condición de pensionista, no realicen ninguna actividad laboral por cuenta ajena o propia.
2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR
Solicitud firmada por el titular del contrato a la empresa suministradora.
Declaración responsable firmada por el titular del contrato, haciendo figurar en la misma los componentes de la unidad familiar, autorizando la comprobación de los datos relativos a su condición de desempleados, en los correspondientes registros públicos y, en su caso, de las Mutualidades de Previsión Social alternativas.
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o tarjeta de residente del titular del suministro.
Fotocopia de la última factura de electricidad.
Certificado en vigor expedido por el Ayuntamiento con la lista de empadronados en el domicilio del punto de suministro.
Fotocopia del libro de familia (en caso de unidades familiares de dos o más miembros).
PASOS A SEGUIRSolicitar el bono social a través del siguiente formulario on line. Le remitiremos por correo ordinario los formularios de solicitud que deberá remitir junto con la documentación acreditativa.
Remitir todos los documentos indicados en el punto 2, a través de alguno de los siguientes canales:
Dirección postal, en sobre cerrado y franqueado:
IBERDROLA Comercialización de Último Recurso S.A.U.
Apartado de Correos 61.017
28080 MADRID
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Número de fax: 944 66 49 03.
Más información y formularios de solicitud: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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