ayudas parados con hijos
4 participantes
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ayudas parados con hijos
Hola que tal,soy nuevo por aqui asi que paciencia.
estoy parado desde hace dos años y se me acaba el subsidio de 430 euros en un mes,tengo una hija de 5 años a mi cargo y nadie que me ayude,por lo que querria saber si en madrid alguien sabe de algun tipo mas de ayuda economica para personas en mi situacion.
Gracias
estoy parado desde hace dos años y se me acaba el subsidio de 430 euros en un mes,tengo una hija de 5 años a mi cargo y nadie que me ayude,por lo que querria saber si en madrid alguien sabe de algun tipo mas de ayuda economica para personas en mi situacion.
Gracias
mariete78- Me Gasto los Ahorros
- Mensajes : 3
Fecha de inscripción : 12/09/2010
Edad : 46
Localización : madrid
Ayudas familiares.
Como tú dices, ya has agotado las ayudas y parece que a nivel estatal no existen más prestaciones. Pero algunos Ayuntamientos o Comunidades Autónomas, en ocasiones conceden ayudas familiares, ¿has ido a consultarlo? Animo y suerte.
Patricia- Ahorro Billetes
- Mensajes : 372
Fecha de inscripción : 02/03/2010
Edad : 71
Re: ayudas parados con hijos
es lo siguiente que voy a hacer,gracias.me interesaria saber,donde puedo consultar:tfono ayuda al ciudadano?seguridad social?inem??
mariete78- Me Gasto los Ahorros
- Mensajes : 3
Fecha de inscripción : 12/09/2010
Edad : 46
Localización : madrid
Re: ayudas parados con hijos
Hola Mariete, antes de nada Bienvenido y Gracias por participar en el foro.
He estado buscando información acerca de tu situación y esto es lo que he podido encontrar:
Tengo buenas noticias para ti, existe una ayuda de la Seguridad Social y otra del Inem.
Seguridad Social:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
En esta página te puedes informar de los requisitos que debes superar así de hacer la solicitud.
Inem: Requisitos para poder acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva:
Estar desempleado.
Estar inscrito como demandante de empleo, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional desde el agotamiento de la prestación contributiva.
Suscribir el Compromiso de Actividad.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
Tener responsabilidades familiares.
Si el trabajador tuviera derecho al "subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.
Puede obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99.
Duración y Cuantia
Duración
Seis meses prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes excepciones:
Los menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.
La edad debe tenerse en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
En el caso de trabajadores fijos discontinuos la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 413,52 euros/mes para el año 2008 y 421,79 euros/mes en 2009.
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.
Además, a partir del 1 de enero de 2006, para los trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.
En el caso de que la prestación contributiva anterior se hubiera generado por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, para los subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que hubiera efectuado y la base de cotización a la Seguridad Social estará en la misma proporción. Sólo en aquellos subsidios nacidos a partir del 24 de marzo de 2007, la cuantía del derecho será del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, sin reducción en proporción a las horas previamente trabajadas, y la cotización a la Seguridad Social tendrá como base de cotización el tope mínimo de cotización, también vigente en cada momento, y sin reducción.
Contenido
El beneficiario de un subsidio por desempleo tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Solicitud y documentación
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva o del "subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses", siempre que las situaciones protegidas por el subsidio por desempleo se produzcan entre el 8 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.
La documentación que se debe aportar es la siguiente:
Modelo oficial de Solicitud.
El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan con él o estén a su cargo, los datos para la domiciliación bancaria del pago, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
Documento de identificación del solicitante e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos):
Documento Nacional de Identidad / tarjeta de identidad del extranjero.
Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
En caso de que la entidad gestora lo requiera debe presentar el justificante de rentas.
Aquí te dejo también unas guías informativas sobre otras ayudas aparte de ésta, y el impreso para poder pedir la ayuda del inem.
Guías Informativas:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Impreso:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Espero que te sirva la información.
Buena suerte.
He estado buscando información acerca de tu situación y esto es lo que he podido encontrar:
Tengo buenas noticias para ti, existe una ayuda de la Seguridad Social y otra del Inem.
Seguridad Social:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
En esta página te puedes informar de los requisitos que debes superar así de hacer la solicitud.
Inem: Requisitos para poder acceder a un subsidio por desempleo con responsabilidades familiares por agotamiento de la prestación contributiva:
Estar desempleado.
Estar inscrito como demandante de empleo, sin haber rechazado oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional desde el agotamiento de la prestación contributiva.
Suscribir el Compromiso de Actividad.
Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo.
Tener responsabilidades familiares.
Si el trabajador tuviera derecho al "subsidio por desempleo para trabajadores mayores de 52 años" percibiría éste.
Puede obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99.
Duración y Cuantia
Duración
Seis meses prorrogables por otros dos períodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses, con las siguientes excepciones:
Los menores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrán además derecho a otra prórroga de 6 meses, hasta totalizar 24 meses.
Los mayores de 45 años que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrán además derecho a dos prórrogas de 6 meses cada una, hasta totalizar 30 meses.
La edad debe tenerse en la fecha de agotamiento de la prestación contributiva por desempleo.
En el caso de trabajadores fijos discontinuos la duración será equivalente al número de meses cotizados en el año anterior a la solicitud.
Cuantía
La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples: 413,52 euros/mes para el año 2008 y 421,79 euros/mes en 2009.
La entidad gestora (Servicio Público de Empleo Estatal o Instituto Social de la Marina) ingresará las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes a las prestaciones de asistencia sanitaria y protección a la familia.
Además, a partir del 1 de enero de 2006, para los trabajadores fijos discontinuos mayores de 52 años se ingresará la cotización por la contingencia de jubilación durante todo el periodo de percepción del subsidio.
En el caso de que la prestación contributiva anterior se hubiera generado por la pérdida de un trabajo a tiempo parcial, para los subsidios nacidos antes del 24 de marzo de 2007, la cuantía se reducirá en proporción a la jornada de trabajo que hubiera efectuado y la base de cotización a la Seguridad Social estará en la misma proporción. Sólo en aquellos subsidios nacidos a partir del 24 de marzo de 2007, la cuantía del derecho será del 80% del IPREM mensual vigente en cada momento, sin reducción en proporción a las horas previamente trabajadas, y la cotización a la Seguridad Social tendrá como base de cotización el tope mínimo de cotización, también vigente en cada momento, y sin reducción.
Contenido
El beneficiario de un subsidio por desempleo tiene derecho a acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión, inserción profesional y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable.
Solicitud y documentación
El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles, que empieza a contar desde el día siguiente al agotamiento de la prestación contributiva o del "subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años que hayan agotado una prestación por desempleo de 24 meses", siempre que las situaciones protegidas por el subsidio por desempleo se produzcan entre el 8 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2010.
La documentación que se debe aportar es la siguiente:
Modelo oficial de Solicitud.
El impreso de solicitud incorpora: la declaración de rentas del solicitante y de los familiares que convivan con él o estén a su cargo, los datos para la domiciliación bancaria del pago, el compromiso de actividad y la autorización de petición de información a la AEAT (Agencia Tributaria).
Documento de identificación del solicitante e hijos que conviven o están a su cargo que figuren en la solicitud (solamente es necesaria su exhibición para verificar los datos):
Documento Nacional de Identidad / tarjeta de identidad del extranjero.
Libro de Familia o documento equivalente en el caso de extranjeros.
En caso de que la entidad gestora lo requiera debe presentar el justificante de rentas.
Aquí te dejo también unas guías informativas sobre otras ayudas aparte de ésta, y el impreso para poder pedir la ayuda del inem.
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Impreso:[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Espero que te sirva la información.
Buena suerte.
Aztaroth- Cofundador
- Mensajes : 71
Fecha de inscripción : 23/02/2010
Edad : 39
Localización : Valencia
Re: ayudas parados con hijos
Mariete78. También puedes preguntar en tú ayuntamiento por la "Renta garantizada de la ciudadania." Es para personas o unidades familiares sin recursos.
No he encontrado información sobre esta ayuda en Madrid. Lo cual no quiere decir que no exista. Te remito a otros post sobre esta ayuda en otras comunidades para que puedas ver de que se trata. Y preguntar por ella con más datos.
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Mucha suerte. Ya nos dirás. Si te ha servido de algo nuestra información. Y si descubres alguna ayuda, esperamos la compartas con nosotros, a ver si entre todos nos podemos ayudar en estos momento tan difíciles.
No he encontrado información sobre esta ayuda en Madrid. Lo cual no quiere decir que no exista. Te remito a otros post sobre esta ayuda en otras comunidades para que puedas ver de que se trata. Y preguntar por ella con más datos.
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Mucha suerte. Ya nos dirás. Si te ha servido de algo nuestra información. Y si descubres alguna ayuda, esperamos la compartas con nosotros, a ver si entre todos nos podemos ayudar en estos momento tan difíciles.
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