Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los trabajadores autonomos.
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Se aprueba la prestación por desempleo (paro) para los trabajadores autonomos.
El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad el dictamen del proyecto de ley que regula la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos, es decir, que los autónomos podrán cobrar paro si cesa su actividad y tendrá una vigencia de entre 6 y 12 meses.
La ley sigue su trámite en el Senado, y se ratificará nuevamente en el congreso y 1 año después de que comience a cotizar los autónomos para la prestación de desempleo, podrá cobrar el paro si cesa su actividad.
-06/08/2010:
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¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:
¿Cuánto dura la prestación?
La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:
¿Cuál es la cuantía del subsidio?
La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.
¿Cuál es el coste para los autónomos?
El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.
Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.
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La ley sigue su trámite en el Senado, y se ratificará nuevamente en el congreso y 1 año después de que comience a cotizar los autónomos para la prestación de desempleo, podrá cobrar el paro si cesa su actividad.
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¿Es obligatorio para los autónomos cotizar para la prestación?
El sistema adoptado es de carácter mixto, entre voluntario y obligatorio. Tendrán derecho a la protección por cese de actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Según la normativa, hay dos tipos de colectivos afectados:
- Los trabajadores autónomos que obligatoriamente tienen que cotizar por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, que son los trabajadores autónomos económicamente dependientes, y los trabajadores autónomos que estén en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad. En este grupo hay aproximadamente 1 millón de trabajadores.
- Los trabajadores autónomos que voluntariamente opten por cotizar por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por esta cobertura.
¿Cuánto dura la prestación?
La duración de la protección está en función de periodo cotizado en los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que, al menos 12 meses deben de ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación:
Periodo cotización | Periodo de protección | Trabajadores de 60 a 64 años |
12 a12 a 17 | 2 meses | 2 meses |
18 a 23 meses | 3 meses | 4 meses |
24 a 29 meses | 4 meses | 6 meses |
30 a 35 meses | 5 meses | 8 meses |
36 a 42 meses | 6 meses | 10 meses |
43 a 47 Meses | 8 meses | 12 meses |
48 meses o más | 12 meses | 12 meses |
La cuantía del subsidio será el 70% de la base por la que se viene cotizando durante los últimos 12 meses anteriores a la situación de cese. Los límites de prestación será entre 589,26€ a 1.397,84€ en el caso de tener 2 o más hijos.
¿Cuál es el coste para los autónomos?
El tipo de cotización para los trabajadores autónomos es del 2,2% de la base de cotización, lo que supondrá un mínimo de 19€ mensuales. Eso sí, el primer año tiene una reducción del 0,5%, lo que significa 18,5€ mensuales.
Sin embargo este coste será mayor para los autónomos que no tenían que cotizar por los accidentes de trabajo que supone otros 15€ a 60€ mensuales.
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